Los delitos contra la Seguridad Vial en moto que conllevan cárcel

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Aunque no lo creas hay hasta 9,1 millones de conductores en España (según un estudio de Fundación Línea Directa) que no saben que se puede ir a la cárcel por un delito contra la Seguridad Vial. Si eres uno de ellos, te va a venir bien este recordatorio de los delitos contra la seguridad vial que se pueden cometer en moto u otro tipo de vehículo.

De hecho desde 2008 se han condenado a casi 650.000 conductores en toda España (motoristas o no) por delitos contra la Seguridad Vial y en los últimos cuatro años a un 1,36% de los conductores, lo cual no es baladí. He aquí los seis delitos contra la seguridad vial que están recogidos en el Código Penal y sus correspondientes penas.

Exceso de velocidad (Artículo 379.1)

Velocidad excesiva en moto es delito de cárcel

Conducir 60 km/h por encima de la velocidad permitida en ciudad a (a 110 km/h en una vía a 50 km/h por ejemplo) o 80 km/h por encima de la velocidad permitida carreteras (a 200 km/h en autovías por ejemplo) conlleva una pena de tres a seis meses de cárcel, multa de seis a doce meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días. Igualmente te retirarán el carné de moto de 1 a 4 años.

No está entre los delitos más habituales en moto, aunque llaman mucho la atención en los medios de comunicación por motivos obvios. Cataluña es la comunidad en la que hay más condenados por número de habitantes.

Conducir drogado o borracho (Artículo 379.2)

Alcohol y drogas son delito de cárcel en moto

Si te pillan en moto con restos de drogas o sustancias psicotrópicas conlleva la misma pena que el exceso de velocidad. En el caso del alcohol la tasa de alcohol en aire espirado debe ser superior a 0,60 miligramos por litro o a 1,2 gramos por litro en sangre. Recuerda que la tasa máxima permitida del alcohol sin multa es de 0,25 miligramos de aire por litro o con una tasa de alcohol en sangre superior a 0,5 gramos.

Más de un 60% de los delitos contra la seguridad vial están relacionados con el consumo de drogas o alcohol circulando. Baleares es la comunidad que lidera la lista de condenados por consumo de alcohol o drogas.

Conducción temeraria (Artículos 380 y 381)

conducción temeraria

El Código Penal refleja en su articulado por conducción temeraria la conducción que “pone en concreto peligro la vida o la integridad de las personas”. La conducción temeraria en moto conlleva penas de cárcel de seis meses a dos años, además de perder el carné de moto de uno a 6 años.

Adicionalmente, si en esta conducción temeraria en moto se demuestra un desprecio por la vida de las personas la pena de prisión aumenta a de dos a cinco años (una condena que supuestamente no evita ir a la cárcel si no tienes antecedentes penales), multa de doce a veinticuatro meses y la retirada del carné de moto entre de 6 a 10 años. En caso de no haber puesto en peligro la vida de terceros, la conducción temeraria en moto se condena con 1 o dos años de presión, multa de seis a 12 meses o retirada del permiso de moto de seis a 10 años.

La conducción temeraria supone el 8% de los delitos contra la Seguridad Vial.

Negarse a un control de alcohol o drogas (Artículo 383)

control alcoholemia y drogas

Si te niegas a someterte a un control de alcohol o drogas estás cometiendo un delito penado con seis meses a un año de cárcel y además te pueden quitar de uno a cuatro años el carné de moto. Es tontería de hecho negarse a un control de este estilo, ya que la pena es mayor en la propia del consumo de alcohol y drogas en moto.

Un 6% de los delitos contra la Seguridad Vial son por este motivo, siendo de nuevo Cataluña la que tiene el dudoso honor de ser la que congrega a más condenados por número de habitantes.

Cómo evitar que te roben la moto

Conducir sin carné de moto (Artículo 384)

Si por un casual conduces sin carné de moto o mientras tu carné de conducir ha sido retirado o no está en vigencia, te arriesgas a un delito contra la Seguridad Vial penado de tres a seis meses de cárcel, multa de 12 a 24 meses o trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días.

Hasta un 26,9% de los délitos contra la Seguridad Vial tienen que ver por conducir sin carné o que éste no esté en regla. Murcia es la comunidad con más condenados por número de habitantes pillados sin carné de conducir.

Originar un grave riesgo a la circulación (Artículo 385)

Se trata de un cajón de sastre que incluye la colocación de obstáculos imprevisibles en la vía o el derrame de sustancias deslizantes o inflamables que anulan la señalización u otros métodos similares. En caso de incurrir en este delito puedes ser condenado a penas de cárcel de seis meses a dos años, multa de 12 a 24 meses o trabajos para la comunidad de 10 a 40 días.

El 6,9% de los délitos contra la seguridad vial en estos últimos años tienen que ver con circular con grave riesgo para la circulación.

Alberto Sánchez
Alberto Sánchezhttps://masmoto.es
Motorista los 365 días del año, llueva, nieve o haga sol. Obsesionado con la Seguridad en Moto y un apasionado de las motos Naked y Trail. ¿Me acompañas en este viaje?
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